• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: RICARDO RODRIGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 694/2023
  • Fecha: 19/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de apelación revoca la de instancia y declara la nulidad por usura del contrato de tarjeta "revolving" suscrito por el demandante .Argumenta la Sala en síntesis que el saldo deudor es anterior a la cesión del crédito y el intercambio de prestaciones entre los contratantes es anterior a la fecha de la transmisión por lo que las consecuencias que de ello se derivan queda exclusivamente en el ámbito de las relaciones entre el demandante y la entidad demandada . Durante el periodo de tiempo que media entre el contrato y el cierre de la cuenta para fijar el saldo deudor existió una relación contractual entre el demandante y demandada con efectos económicos que se pueden ver afectados por la declaración de usura. Esta pasivamente legitimada la demandada ya que es quien contrató con el demandante y quien pacto el interés remuneratorio obteniendo a su favor el saldo deudor que resultó de la aplicación de un tipo de interés usurario, y por cuya cesión habrá recibido la correspondiente contraprestación. Un contrato no se puede novar sin consentimiento de ambas partes, por lo que si se hubiera producido esta no sería eficaz por falta de consentimiento de la parte demandante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santa Cruz de Tenerife
  • Ponente: FELIX BARRIUSO ALGAR
  • Nº Recurso: 1103/2023
  • Fecha: 17/01/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La Sala de lo Social inadmite el recurso de suplicación interpuesto por el actor frente a la sentencia del Juzgado de lo social que, desestima la demanda de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual. Aun cuando en la demanda se alegó que la MSCT (movilidad funcional) afectaba a su dignidad, no se concretaba la vulneración de ningún derecho fundamental y no se solicitó una indemnización adicional por daño moral, de modo que, siguiendo doctrina unificada, el objeto del recurso solo puede ser el examen de cuestiones directamente relacionadas con los derechos fundamentales (si se vulneraron o no, o la indemnización derivada de tal vulneración), pero no las cuestiones de legalidad ordinaria, como es el caso. Se concluye, por tanto, que la sentencia de instancia no era recurrible en suplicación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MARIA CARMEN KELLER ECHEVARRIA
  • Nº Recurso: 152/2023
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia estima el recurso y revoca la sentencia de instancia , al apreciar que concurren los presupuestos para el triunfo de la acción, en concreto la inexistencia de contienda, y que si existe requerimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIA
  • Nº Recurso: 3641/2022
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor prestó servicios para una Caja se le cesó como director de oficina para pasara ser gestor comercial, comunicando la nueva retribución, trabaja desde 2012 y el cambio es de 2020. En demanda no se reclama cantidad indemnizatoria sino con posterioridad reclamando las diferencias del cambio (superando 12000€.) El JS desestimó el TSJ denegó el acceso al recurso, anuló lo actuado después de la sentencia al considerar irrecurrible la decisión en suplicación. En cud. el trabajador cuestiona si una sentencia dictada por MSCT individual a la que se anuda reclamación de cantidad superior a 3.000€ por daños y perjuicios derivados de la modificación es susceptible de suplicación cuando se acumula a la MSCT individual indemnización que supera la cuantía para la acceder a suplicación. La Sala IV señala el contenido de los arts. 26, 138.6, 192.2 e) LRJS, recuerda que su anterior jurisprudencia dio acceso al recurso en estos supuestos con acumulación de acción indemnizatoria en una interpretación por recurso, exponiendo el cambio doctrinal de la STS 14/09/23 rcud. 2589/20. Atiende a la modalidad procesal MSCT individual que no regula acceso al recurso (ni 138.6, ni 191.2 e) ni 41.2ET) dejándolo fuera, y del mismo modo el art. 137.3 LRJS sólo admite la excepción en reclamación profesional cuando sí se admite acumulación de acciones del 137.6 LRJS de clasificación profesional, pero no para MSCT. No admite el recurso al tratarse de competencia funcional de orden público procesal
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 381/2020
  • Fecha: 05/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de nulidad de las cláusulas de constitución de hipoteca y de garantía personal solidaria contenidas en la escritura de concesión de préstamo con garantía hipotecaria y en las posteriores escrituras de novacíón y ampliación del préstamo hipotecario por error o vicio en el consentimiento o subsidiariamente por su carácter abusivo. En primera instancia se estimó la demanda y apreció la nulidad de las citadas cláusulas por error y vicio en el consentimiento y declaró la carencia de efectos de las mismas y de todas aquellas derivadas. Interpuesto recurso de apelación por el banco demandado, se estimó parcialmente y tras declarar la nulidad de la sentencia de primera instancia por falta de competencia objetiva para conocer de la acción de nulidad por error vicio del consentimiento, enjuició la nulidad por abusividad y estimó parcialmente la demanda al declarar la nulidad por su carácter abusivo de la renuncia a los beneficios de excusión, división y orden del afianzamiento suscrito por los demandantes en la escritura de concesión de préstamo y posteriores novaciones. Interpuestos recursos extraordinario por infracción procesal y de casación por la parte demandante, se desestimaron ambos. No se infringen las reglas sobre la carga de la prueba, ni hay incongruencia omisiva o infrapetita, ni se vulnera el derecho al juez predeterminado por la ley. Se declara probado que los demandantes conocian que constituían hipoteca sobre inmuebles de su propiedad en garantía del préstamo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Segovia
  • Ponente: IGNACIO PANDO ECHEVARRIA
  • Nº Recurso: 255/2023
  • Fecha: 27/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Habiéndose extinguido el contrato de arrendamiento urbano sobre vivienda por fallecimiento de la arrendataria, se ejercita el desahucio por precario mas una indemnización de daños y perjuicios contra el ocupante quien defiende haberse subrogado en la posición de la arrendataria conforme a la normativa legal arrendaticia del 1964. El procedimiento verbal instando es adecuado y aun de haberse optado por el desahucio por expiración del plazo, seria el mismo juicio verbal, nunca un proceso ordinario. Resulta inane reiterar en apelación una indebida acumulación de acciones cuando la sentencia rechaza la acción indemnizatoria y no resulta recurrida por el demandante. El demandado carece de titulo posesorio pues nunca comunicó al arrendador su subrogación y además no justifica conviviese con su madre en los dos años inmediatamente anteriores a su fallecimiento.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA ESPERANZA MONTESINOS LLORENS
  • Nº Recurso: 2096/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En demanda por despido y reclamación de cantidad la parte actora fue requerida de acumulación indebida de acciones y requeruida para optar entre ellas. La parte optó preentivamente por la acción de despido pero recurrió en reposición la resolución. El juzgado estimó en parte el recurso acordando que la reclamación de cantidad se siguiera en proceso independiente en el mismo juzgado. Dicha resolución fue recurrida en suplicación y la Sala inadmite el recurso por cuanto no se encuentra en los supuestos excepcionales de recurribilidad de autos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: FLORENTINO EGUARAS MENDIRI
  • Nº Recurso: 1413/2023
  • Fecha: 21/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conflicto Colectivo. SE impugna la extinción colectiva producida cuya nulidad se pretende y estima así como la cesión ilegal de trabajadores. Se ha producido una vulneración derecho LS al ser violentado el derecho la negociación así como la de indemnidad. Es apreciable, en consecuencia, que el ejercicio de la actividad sindical ha concluido en un perjuicio para los trabajadores. Tanto el derecho a la negociación ha sido violentado, pues el llevar a cabo su práctica ha supuesto una situación peyorativa; como se ha perjudicado la garantía de indemnidad, ya que podemos concluir que por haber obtenido ese logro en la negociación la empresa ha actuado una medida que no sólo lo enerva, sino que lo anula con un claro perjuicio consistente en la pérdida del trabajo, a partir de la que ya no hay convenio ni mejora.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO
  • Nº Recurso: 831/2023
  • Fecha: 16/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No existe inconveniente alguno en proponer y practicar en la jurisdicción social el medio de prueba consistente en la reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido o de archivo y reproducción de datos, " que deberán ser aportados por medio de soporte adecuado y poniendo a disposición del órgano jurisdiccional los medios necesarios para su reproducción y posterior constancia en autos". Se trata, como también es sabido, de un medio probatorio autónomo regulado en de la LECv,al proponer esta prueba, la parte deberá acompañar, en su caso, transcripción escrita de las palabras contenidas en el soporte de que se trate y que resulten relevantes para el caso.La consecuencia de lo anterior es que la falta de aportación de la tan citada transcripción lleva aparejado el rechazo de la prueba propuesta de incorporación de grabación de una conversación, en cuanto se dificulta de manera innecesaria su práctica por una causa atribuible solo a la defectuosa praxis de la parte que la propone.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: MARIA LUISA DELGADO UTRERA
  • Nº Recurso: 2065/2022
  • Fecha: 14/11/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reclamación de cantidad en ejercicio de acción redhibitoria por vicios ocultos en la compra de un bien inmueble, y de forma subsidiaria, la reducción del precio del mismo al 50% de lo pactado. Desestimada la demanda, al estimar el juez la falta de legitimación pasiva de la demandada, ya que la entidad que vende el bien y, que en su caso tendría legitimación pasiva para responder, sería una entidad distinta, no la demandada, quien solo interviene en la venta como comercializadora, tratándose de entidades totalmente diferenciadas, recurre el actor. La Sala indica que la legitimación pasiva "ad causam" consiste en una posición o condición objetiva en conexión con la relación material objeto del pleito, que determina una aptitud o idoneidad para ser parte procesal pasiva. Se trata de una cualidad de la persona para hallarse en la posición que fundamenta jurídicamente el reconocimiento de la pretensión que se trata de ejercitar. Alega el apelante que el error cometido es subsanable y así debió haberse permitido en el acto de la audiencia previa, en la cual, se solicitó la suspensión de la misma, para ampliar la demanda frente a la sociedad no demandada. Se desestima el recurso, pues existe un límite temporal a la posibilidad de ampliar la demanda (art. 401 LEC), quedando prohibida tal ampliación después de contestada la misma, no considerando subsanable dicho error pues la demanda debió presentarse directamente frente a la vendedora, no la comercializadora.

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